En el Archivo Provincial de Teruel, entre la variada documentación, hay un capítulo que trata sobre las Regiones Devastadas. Muchas poblaciones de la provincia de Teruel quedaron en muy mal estado, como consecuencia de los acontecimientos bélicos. Sabido es que en nuestra provincia fueron saqueadas iglesias, ermitas, conventos por las tropas republicanas, sobre todo en los primeros momentos de desencadenamiento de la Guerra Incivil. Todo esto lo sabemos, ya que de una manera machacona nos lo han repetido una y otra vez. Lo que ya no es conocido es el desastre, tanto de vidas humanas como de pérdidas materiales, producido en muchas poblaciones aragonesas a consecuencia de bombardeos terribles de la aviación rebelde. Afortunadamente trabajos recientes, como el libro de José Mª Maldonado, nos permiten conocer con todo lujo de detalles el bombardeo de Alcañiz, por parte de la aviación italiana. En Híjar, a primeros de marzo de 1938, se sucedieron una serie de bombardeos terribles por parte de la aviación alemana, la Legión Cóndor, que produjeron una cuantiosa sangría de víctimas humanas, como destrozos incontables en sus viviendas e infraestructuras. Que en Híjar fueron cuantiosos, nos lo corroboran tanto fuentes orales de protagonistas directos, como las escritas del novelista aragonés, Santiago Lorén, en su gran obra el Hospital de Sangre. Obra que recomiendo a aquellos que se sientan amantes de su pueblo natal. Además la prueba irrefutable es que Híjar fuera adoptado por el Generalísimo (Rafael Alberti lo llama, con buen criterio el Funeralísimo) Franco. Este era un privilegio que no estaba al alcance de todos; estaba reservado a aquellas poblaciones que hubieran sufrido graves destrozos materiales.
En el Decreto de 23 de septiembre de 1939. RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Adopción por el Jefe del Estado de localidades dañadas por la guerra, se indica en el preámbulo la necesidad de dictar normas de derecho singular, para la protección máxima para las máximas devastaciones colectivas, aprovechando, al mismo tiempo, la oportunidad para realizar en los Municipios aludidos, bajo la dirección del Gobierno, las mejoras urbanas y sociales que son exigencia de los principios rectores del Régimen.
En su artículo 1º. Se aplicarán las normas del presente Decreto en la reconstrucción de aquellas localidades dañadas por la guerra en las que, por la magnitud e importancia de la destrucción, se estime oportuno sujetarla al régimen que a continuación se establece, mediante resolución acordada en Consejo de Ministros.
Art. 2º. A los fines expresados, el Jefe del Estado, en nombre de la Nación, podrá adoptar las localidades referidas. La adopción producirá las siguientes consecuencias legales:
1.ª El Estado, mediante sus técnicos, pero con intervención del Ayuntamiento, formará el plan general de reconstrucción y, en su caso, de saneamiento, mejora interior, ensanche y extensión.
2.ª El Estado tomará a su cargo, íntegramente, el restablecimiento de los servicios públicos correspondientes al Estado, Iglesia, Provincia y Municipio. En los referentes al Estado, los que el Gobierno determine; en los de la Iglesia, los templos parroquiales y sus anejos; y en los de la Provincia y el Municipio, los existentes en 18 de julio de 1936, más aquellos que se considere preciso.
Art. 5º Los fondos necesarios para sufragar los gastos originados por la aplicación del presente Decreto serán facilitados por el Instituto de Crédito para la Reconstrucción Nacional con el carácter de anticipo para obras a cargo del Estado.
Art. 9º El Ministerio de la Gobernación podrá establecer un régimen municipal transitorio, distinto del común, especialmente en materia de Hacienda, para los Ayuntamientos de localidades adoptadas.
En la Orden de 28 de octubre de 1939 del Ministerio de la Gobernación sobre RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Normas para aplicación del Decreto de 23 de septiembre pasado, se determina:
Art. 1.º Declarada la adopción de una localidad en Consejo de Ministros y publicada en el Boletín Oficial del Estado, por el Ayuntamiento respectivo, de acuerdo y con auxilio de la Diputación Provincial, en el plazo de treinta días formará un expediente comprensivo de los siguientes extremos: a) Servicios del Estado establecidos, edificios donde radicaban, descripción de los mismos y sus daños, propietario y renta, en su caso. b) Edificios pertenecientes a la Iglesia, uso a que se destinaban, descripción completa de los mismos y sus daños. c) Edificios propiedad de la Diputación Provincial, su descripción, valoración, daños y servicios establecidos. d) Servicios y edificios propiedad del Ayuntamiento, usos a que se destinan, valoración, daños, propietario y renta, en su caso.
Asimismo se determinarán aquellos otros servicios provinciales y municipales mínimos que exija establecer la legislación vigente en esa materia, así como si hay necesidad de construir barriadas de renta reducida.
Art. 2.º Formado el expediente del artículo anterior, se remitirá, por conducto de la Comisión Provincial de Reconstrucción y con su sucinto informe de la misma, a la Dirección General de Regiones Devastadas, que formulará la propuesta de servicios a reponer, elevándola, para su aprobación, al Ministro de la Gobernación.
Comunicada la resolución ministerial a dicha Dirección General, procederá ésta a redactar los oportunos proyectos y presupuestos de reconstrucción, que, una vez aprobados por el Ministro de la Gobernación, los ejecutará, bien directamente o por el sistema de contrata.
Ya con anterioridad, mediante el Decreto de 29 de marzo de 1938 del Ministerio del Interior. CONSTRUCCIÓN. En regiones devastadas y reparaciones, en su preámbulo se establecía que dependía del Ministerio del Interior el Servicio Nacional de Regiones Devastadas y Reparaciones y de ambos habían de partir las orientaciones fundamentales para conseguir la restauración o reconstrucción nacional.
Basándose en el Decreto precedente , en la Orden de 11 de junio de 1938 del Ministerio del Interior. SERVICIO DE REGIONES DEVASTADAS Y REPARACIONES, se establecieron siete Comisiones de Zona: Cantábrica, Vascongada, Aragonesa, Bético-Extremeña, Castellana, Levantina y la Manchega.
En la Orden de 16 de junio de 1938 del Ministerio del Interior. SERVICIO NACIONAL DE REGIONES DEVASTADAS Y REPARACIONES. Comisiones de Zona, se determinó que la capital de la Zona Aragonesa era Zaragoza, presidida por Jesús Muro Sevilla; dirigirá la Sección Técnica Teodoro Ríos Balaguer, arquitecto provincial de Zaragoza, y a ella queda adscrito Regino Borobio Ojeda, arquitecto municipal de Zaragoza; formando parte de la Comisión como Abogado del Estado, Agustín Vicente Gella.
La Junta de Habitabilidad de Teruel, constituida mediante Orden de este Ministerio de 25 de abril último, tendrá el carácter de subcomisión.
En base a la legislación precedente el Ayuntamiento de Híjar, una vez ser adoptado por el Caudillo, se prestó a realizar el expediente para acogerse a los beneficios de este privilegio. Es el que viene a continuación:
RELACIÓN DE LOS EDIFICIOS DE CARÁCTER PÚBLICO DESTRUIDOS POR LA ACCIÓN DE LA GUERRA EN LA VILLA DE HÍJAR, LOCALIDAD ADOPTADA: REDACTADO EN CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DEL 7 DE OCTUBRE DE 1939
Excmo. Sr:
Don Pedro José Sancho Virache, Alcalde-Presidente de la muy noble, leal y antigua villa de Híjar, provincia de Teruel, con todo respeto expone:
Que incluido por Decreto del 13 de marzo de 1942, esta villa de Híjar, (Teruel) entre las poblaciones adoptadas y comprendidas dentro de los beneficios concedidos por Decreto 23 de septiembre de 1939, de acuerdo con la Orden del 7 de octubre de 1940 y en cumplimiento del acuerdo de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria del día 11 del actual con la conformidad y auxilio de la Excma. Diputación Provincial, elevo a V.S. la relación de los servicios y edificios con los extremos señalados en la referida Orden, dañados por la guerra, a fin de proceder a la rápida reconstrucción
A) SERVICIOS DEL ESTADO
CORREOS.- No existe este edificio. En la actualidad el servicio de Correos está instalado provisionalmente en una casa particular, que no reúne condiciones para este fin. Por lo expuesto se precisa la construcción de un edificio de nueva planta.
TELÉGRAFOS.- También carece de edificio a propósito, hallándose instalado en una casa particular, carente de las condiciones adecuadas y cuyo alquiler satisface el Estado.
TELÉFONOS.- No existe este servicio. El Ayuntamiento deseoso de facilitar a la industria, comercio y vecindario este medio de comunicación de suma importancia, por ser Híjar cabeza de partido judicial y centro de una comarca de gran riqueza agrícola, industrial y ganadera; y a la vez importante centro de comunicación. En diferentes ocasiones se puso en contacto con la Compañía Telefónica Nacional de España, habiendo fracasado cuantas gestiones se hicieron en dicho sentido. Hay facilidad para su instalación, ya que las líneas de la Telefónica pasan a siete u ocho kilómetros de la localidad, y hasta ella existen líneas de postes portadoras del servicio telegráfico.
ESCUELAS.- Existe un edificio, propiedad del Ayuntamiento, en el que se encuentran instaladas unas Escuelas Graduadas de niños y otra Unitaria de niñas. Este edificio carece de todo servicio propio al fin destinado, y de los saneamientos y salubridad. Procediendo la construcción de los grupos escolares y una escuela de párvulos.
CASA-HABITACIÓN DE MAESTROS.- Se carece de edificios adecuados a este fin, por ello es necesaria la construcción de casa-habitación para ocho maestros.
CASA DEL PARTIDO.- No existe en la actualidad; por consiguiente es necesaria la construcción de un edificio de nueva planta, ya que por hallarse sitas en esta población las delegaciones comarcales de los diferentes servicios de la F.E.T. y de las J.O.N.S., precisan locales adecuados para satisfacerlos cumplidamente.
AUXILIO SOCIAL.- También carece de local adecuado a su alta misión benéfica. Precisa uno de capacidad suficiente para treinta asistidos y servicios anexos.
ALBERGUE CENTRO DE DESINFECCIÓN Y DESINSECCIÓN.- No existe en la actualidad edificio destinado a estos menesteres, por lo tanto es necesaria la construcción de un edificio destinado a este fin.
CENTRO NACIONAL-SINDICALISTA.- En la actualidad no tiene edificio propio, en su consecuencia es necesaria la construcción de un edificio de nueva planta, pues radican en esta localidad las delegaciones comarcales de los diferentes sindicatos y servicio, y se precisa uno de capacidad suficiente para los productos agrícolas, abonos, etc.
GRANJA-ESCUELAS DE MANDOS FEMENINOS DE F.E.T. Y DE LAS J.O.N.S..- No existe en la actualidad; pero por ser comarca eminentemente agrícola, se cree necesaria la creación de este servicio, construyendo un edificio de nueva planta.
B) EDIFICIOS PERTENECIENTES A LA IGLESIA
IGLESIA PARROQUIAL.- En la actualidad edificio dedicado a iglesia parroquial, aunque afectado por la acción de la guerra, no lo ha sido en forma intensa. Los daños más importantes son: el relativo a retablos y altares. Por lo expuesto se hace preciso la reconstrucción de la parte de fábrica afectada por la destrucción.
IGLESIA DE SAN BLAS.- Esta segunda parroquia de Híjar, ha quedado completamente destruida por acción de la guerra. Considerándola necesaria para el desarrollo espiritual del vecindario de Híjar, se cree necesaria su reconstrucción.
ERMITAS.- Existe la de San Antonio Abad, San Isidro, Santa Bárbara y la de la Virgen del Carmen. Las dos primeras, los daños de guerra son de escasa importancia. La de Santa Bárbara será preciso su reconstrucción total. Con respecto a la ermita del Carmen, es conveniente advertir que, adosada a ella, existe un edificio dedicado a Casa de Ejercicios Espirituales, la única existente en esta provincia eclesiástica. La destrucción es de gran importancia, pero se cree necesario su ampliación y reforma; y esencialmente la modificación absoluta de su estética.
CONVENTOS.- Existen dos; uno el de Nuestra Señora de los Ángeles, sito a un kilómetro de la villa, propiedad de la diócesis y hasta antes de la guerra, habitado por la Comunidad de los Padres Capuchinos. Este edificio fue completamente destruido a causa de la guerra. El otro, residencia de las Hermanas de la Caridad de S. Vicente de Paúl, también propiedad de la diócesis; se ha venido dedicando a la enseñanza y hospital. El primero necesita reconstrucción completa, y el segundo pequeñas reparaciones.
CALVARIO.- Existe uno en la localidad, que ha sufrido bastante deterioro y le hace preciso la reparación de las estaciones y de la capilla, así como la organización y embellecimiento de todo el lugar donde está enclavado. Existe en el Calvario, una casa-vivienda para el santero y para guardar los pasos de Semana Santa. Esta casa precisa reparación general.
HUMILLADERO.- En el cruce de las carreteras de Albalate, estación y Zaragoza-Castellón, existe uno llamado “La Cruz Cubierta”, precisando la reparación y urbanización del lugar.
C) EDIFICIOS PROPIEDAD DE LA DIPUTACIÓN
No existen.
D) SERVICIOS Y EDIFICIOS DEL AYUNTAMIENTO
CASA-AYUNTAMIENTO.- Se hace preciso su reparación, ampliación y reforma; debiendo, tenerse en cuenta, al efectuarla, los locales precisos, propios de los servicios del Ayuntamiento, oficinas municipales, oficina del Benemérito Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria, Inspecciones de Higiene y Sanidad Pecuaria, Municipal de Sanidad y de la Vivienda, Recaudación y Arbitrios Municipales, Bibliotecas Municipales, etc.
JUZGADOS.- Por ser Híjar, cabeza de partido, existe en él Juzgado de Instrucción, actualmente en la casa del Ayuntamiento, pero que no reúne condiciones al efecto. Por ello se cree oportuno solicitar la construcción de edificio de nueva planta para situar el Juzgado de Instrucción, Juzgado Municipal, Depósito Municipal de Detenidos y Oficina Liquidadora del Partido, con viviendas para portero y vigilante.
ABASTECIMIENTO DE AGUAS POTABLES.- Existe en la actualidad este servicio, si bien las aguas carecen de potabilidad por contener sales magnésicas en cantidad muy crecida. En repetidas ocasiones, el Ayuntamiento se ha preocupado de dotar al vecindario de este servicio, habiéndose efectuado estudios en este sentido, si bien por la envergadura del proyecto y la inestabilidad política no fue posible llevarlo a feliz término.
Como antecedente de este asunto puede citarse el que existe un yacimiento de agua potable, a unos 28 kilómetros de distancia, en línea recta de la localidad, con cota de desnivel suficiente, para que la conducción sea normal y caudal bastante, según estudios para abastecer las necesidades no sólo de este vecindario, sino de los pueblos de Urrea de Gaén, La Puebla de Híjar y Samper de Calanda, cuyos municipios están interesados, y, en principio, conformes con una aportación común para que los beneficios de este servicio alcance a dichos vecindarios.
MATADERO.- Ha sido destruido totalmente por la guerra. Procede la construcción de uno de nueva planta, con todos los servicios a él anexos.
ALMACENES AGRÍCOLAS COMUNALES.- Para atender las necesidades de almacenamiento de granos, legumbres y demás, encomendados actualmente al S.N.T., precisa la construcción de dos edificios de nueva planta con capacidad y condiciones para satisfacer el almacenamiento de estos productos.
CAMPO DE DEPORTES.- No existe de carácter público. Para fomento y educación física de la juventud, se considera oportuna recomendar su habilitación.
TRINQUETE.- No existe en la población. La afición al deporte de pelota a mano, hace que la juventud aproveche las calles y las plazas para practicarlo. Por esta razón se propone la construcción de un trinquete adecuado.
PISCINA.- Por la facilidad de construir una piscina, donde se practique el deporte de la natación, tan recomendado por los higienistas, se propone su construcción, facilitada por la abundancia de aguas que puede conseguirse a tal efecto.
CEMENTERIO.- Afectado por efecto de la guerra, procede su reparación y ampliación.
LAVADEROS.- Reparación total de los existentes y construcción de uno nuevo en la parte alta del pueblo.
MONUMENTOS.- Existe un sencillo Monumento a los Caídos, que no se ajusta a las disposiciones dictadas al efecto, por estar situado en el centro de la Plaza Mayor, lugar donde tradicionalmente se celebran las diversiones populares, no recibe el culto de respeto debido, por lo cual procede la reconstrucción de un nuevo monumento, más acorde con la dignidad de su representación y situado en lugar adecuado.
PANTEÓN DE LOS CAÍDOS.- Se propone su construcción en la ermita del Carmen, para corresponder a los deseos manifestados unánimemente por este vecindario.
MONUMENTO CONMEMORATIVO DE LOS HÉROES DE BELCHITE.- En el lugar donde fueron asesinados Agustina Simón y sus compañeros heroicos de Belchite, existe un sencillo monumento, cuyo embellecimiento y urbanización se propone.
HOSPITAL.- Bastante dañado a consecuencia de la guerra. Necesita reparación lo mismo que su capilla anexa de S. Valero.
ESTACIÓN DE AUTOBUSES.- Por ser Híjar, centro importante de comunicaciones por carretera y lugar de tránsito y empalme de varias líneas de autobuses, es preciso la construcción de un edificio de nueva planta destinado a este fin y pequeño garaje para ligeras reparaciones.
FERIAL DE GANADOS.- Celebrando este pueblo sus tradicionales ferias de ganados en el mes de septiembre, procede la habilitación de un ferial con cuadras y establos para los ganados, que al mismo concurren.
PALANCA.- Reforma total y consolidación de la última tramada.
DEFENSAS.- Existiendo en la zona superior de la población una partida denominada “Valdelafragua”, que por efecto de tronadas forma un verdadero torrente, cuyas aguas inundan parte de las calles de la villa, se propone la construcción de las obras de defensa necesarias, para evitar el peligro de ser dañado el pueblo.
ESCUELAS DE SANTA MARÍA.- Han sido afectadas por la guerra. Procede su reparación total.
E) SERVICIOS MÍNIMOS MUNICIPALES
ALUMBRADO.- Facilitan el servicio las empresas Molinos Harineros S. A. Y Ribera Bernad y Compañía; pero son tan notorias las deficiencias del mismo que se precisa corregir e implantar el servicio diurno, incluso los domingos y días festivos.
NUEVOS EDIFICIOS.- Además de los enumerados anteriormente y procurando por el solaz y esparcimiento de la juventud, se recomienda la construcción de un edificio de nueva planta dedicado a la sala de espectáculos y casino.
CASA-CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL.- Existe una en la actualidad que, además de ser de poca capacidad, no reúne las condiciones que la vigente legislación determina. Por lo tanto se recomienda la construcción de un edificio de nueva planta, capaz para veinticinco personas, digo, guardias.
SANEAMIENTO INTERIOR.- Se proponen las obras necesarias para la urbanización, saneamiento y mejora de la villa; con las consiguientes expropiaciones de terrenos.
PAVIMENTACIÓN.- Se propone la construcción de aceras y pavimentación de las calles de la localidad.
ALCANTARILLADO.- No existe en la actualidad. Se propone y es de suma necesidad la construcción del mismo.
PARQUES.- Siguiendo las normas establecidas en la ordenación de poblaciones, se cree la necesidad de la creación de espacios libres.
VIVIENDAS PARA LOS EMPLEADOS DEL ESTADO Y MUNICIPALES.- No existen en la actualidad y siendo Híjar, localidad eminentemente agrícola, carece por ello de viviendas propias para los elementos oficiales, tales como Notario, Registrador, Médico, Secretario del Ayuntamiento, Empleados Municipales, etc, por todo ello se considera necesario la construcción de viviendas apropiadas para esta clase de elementos oficiales.
VIVIENDAS RURALES.- A causa de las destrucciones de viviendas en la localidad, han quedado sin albergue un número crecido de familias de condición humilde, que en la actualidad tienen que vivir hacinadas y, por consiguiente, en malas condiciones higiénicas e impropias para el desarrollo de sus actividades profesionales. En su consecuencia, se propone la construcción de un grupo de noventa viviendas de renta reducida.
Por todo lo expuesto suplico a V.I. se sirva tener incoado el presente expediente de reconstrucción del pueblo adoptado de Híjar, conforme a la Orden de fecha 28 de octubre de 1939.
En la villa de Híjar (Teruel) a catorce de abril de mil novecientos cuarenta y dos.
EL ALCALDE
Pedro José Sancho
Hay un sello con tinta violeta que dice: AYUNTAMIENTO DE LA MUY NOBLE, LEAL Y ANTIGUA VILLA DE IXAR.
Ilustrísimo Sr. Director General de Regiones Devastadas y Reparaciones.
MADRID
Cándido Marquesán Millán