Nueva escaramuza en la Guerra de los Crucifijos
Vuelven a tronar las voces de los obispos desde los púlpitos, como consecuencia de que una sentencia de un juez de Valladolid, -justificada porque la presencia de símbolos religiosos en la escuela vulnera los derechos fundamentales de igualdad, libertad religiosas y aconfesionalidad del estado recogidos en la Constitución-, ha exigido al consejo escolar del colegio Macías Picavea a descolgar los crucifijos presentes en el colegio desde 1930, a lo que el organismo interno ya se había negado en varias ocasiones. Según se señala en la propuesta de resolución desestimatoria del recurso de alzada, en cuanto a las motivaciones que se tuvieron en cuenta por los miembros del consejo escolar para no retirar los crucifijos, se encuentra el que "los símbolos religiosos no interfieren en la labor docente". También se dice que no pretende colocar símbolos donde no los había, sino mantener los ya existentes durante muchísimos años.
Al parecer, se trata de la primera sentencia que entra en el fondo de la cuestión reivindicada por la Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid, cuyo portavoz, Fernando Pastor, ha expresado su "alegría inmensa" por lo que considera "un triunfo de la higiene democrática frente a una realidad de otro tiempo, preconstitucional, basada en el nacional catolicismo".
Las respuestas de los más altos representantes de la jerarquía católica española han sido apocalípticas. En la homilía el Sr. Cardenal Arzobispo de Toledo en la S. I. Catedral Primada el pasado 23 de noviembre dijo: Sé que me van a criticar -¿qué importa?-, pero nuestra sociedad está enferma, muy enferma y no podemos ocultarlo: ahí tenemos el crimen abominable del aborto, la eutanasia, lo que ha acaecido a propósito de una memoria en la que fue su casa de Santa Maravillas, o la sentencia de supresión en un colegio de Valladolid de los crucifijos, y otros hechos, en los que se denota una cristofobia que, en definitiva, es odio de sí mismos. El cardenal arzobispo de Sevilla, monseñor Carlos Amigo, ha considerado que la erradicación de un signo tan arraigado en nuestra cultura como lo es el crucifijo "no favorece la convivencia", que se construye con el "respeto". "Lo importante es que se eduque a los niños y niñas de Valladolid a respetar los signos religiosos de cualquier religión", y ha añadido que lo importante no es "tirar por la borda" los símbolos religiosos sino "ayudar a respetarlos". A esta cuestión se ha sumado también El Vaticano, ya que L'Osservatore Romano aduciendo que el quitar el crucifijo es la ofensiva occidental, que sólo puede ser interpretada como un síntoma alarmante de amnesia cultural o necrosis.
En el plano puramente político, la secretaria general del Partido Popular, María Dolores de Cospedal, se refirió en rueda de prensa a la polémica sentencia asegurando que su partido considera que "a la mayoría de los españoles no les molesta que haya un crucifijo en las aulas" y que al PP "no le molesta" que haya un crucifijo en un aula de un colegio público, ya que la Constitución consagra la aconfesionalidad del Estado, pero también la posición particular de la confesión mayoritaria. En cualquier caso, De Cospedal ha declarado que su partido "ni comparte ni deja de compartir", sino que respeta la decisión. La ministra de Educación, Mercedes Cabrera, defendió la autonomía de los colegios "a la hora de tomar decisiones" sobre la presencia de símbolos religiosos en las aulas. Cabrera manifestó que son los centros escolares los que mejor conocen "qué tipo de alumnos tienen", por lo que deben ser ellos quienes resuelvan estas cuestiones. La ministra arguyó que en ocasiones "establecer normas generales de carácter obligatorio, en lugar de resolver problemas, lo que hace es crearlos".
Toda esta polémica no es nueva. Diez meses antes de la aprobación de la Constitución de 1978, el presidente de las Cortes, Antonio Hernández Gil, católico, se vio sometido a una durísima campaña por ordenar la retirada del crucifijo de su despacho. Posteriormente afloraron de nuevo los enfrentamientos a partir de la aprobación en 1985 de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación por el primer Gobierno de Felipe González. También surgieron las quejas eclesiásticas cuando Eduardo Sotillos en 1981, el director de Radio Nacional suprimió en la emisora estatal el rezo del ángelus al mediodía. Ahora irrumpe una nueva escaramuza en esta “guerra de los crucifijos”, y que viene propiciada por el hecho de que determinados sectores de la sociedad española no han llegado a entender todavía que estamos en un sistema democrático, cuya norma básica es la Constitución de 1978. Comportamientos justificados en parte porque en nuestro país hemos vivido durante mucho tiempo bajo el sistema político-religioso del nacionalcatolicismo, doctrina consistente en considerar que la esencia de lo español radicaba en la religión católica; tal como se contemplaba en el Concordato de 1953 firmado entre el Estado Español y la Santa Sede, y que en su artículo 1º especificaba: La Religión Católica, Apostólica Romana, sigue siendo la única de la Nación española y gozará de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico. O lo que es lo mismo que la Dictadura franquista se declaraba un Estado confesional. Entonces eran lógicos los crucifijos, las clases obligatorias de religión católica en los colegios públicos. Hoy está situación es otra muy diferente. Nuestra Constitución vigente, mientras no se cambie, determina en su artículo 16.3. : Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Y, de acuerdo con este enunciado, es evidente que el Estado español no es religiosamente confesional. Por ello la sentencia del juez de Valladolid indica que “el Estado no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso ya que no debe existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos”. También indica la sentencia que “si bien la Constitución establece que los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguiente relaciones con la Iglesia Católica y las demás confesiones (…), para lo que adoptarán las medidas necesarias para facilitar la asistencia religiosa en determinados establecimientos públicos (…), pero no menciona para los centros docentes públicos otro tipo de medidas o actuaciones” (en referencia al tema debatido de la presencia de símbolos religiosos). Por el contrario, como indica la sentencia, “en un centro público docente se imparte enseñanza a menores; estos se encuentran en plena fase de formación de su personalidad (…). La presencia de estos símbolos en las zonas comunes del centro educativo público, puede provocar en esos menores el sentimiento de que el Estado está más cercano a la confesión, con la que guardan relación los símbolos presentes en el centro público que a otras confesiones, respecto de las que no está presente ningún símbolo en el centro público, con lo que el efecto que se produce, o puede producirse, con la presencia de los símbolos religiosos es la aproximación a la confesión religiosa representada en el centro por considerar que es más próxima al Estado y una forma de estar más próximo a éste”.
Al hilo de esta argumentación, la sentencia incide en que “especialmente sensible al tema de la libertad religiosa es la educación, pues en la fase de formación de la personalidad de los jóvenes, la enseñanza influye decisivamente en su futuro comportamiento respecto de creencias e inclinaciones, condicionando sus conductas dentro de una sociedad que aspira a la tolerancia de otras opiniones e ideales que no coincidan con los propios”.
Al respecto cita la sentencia la Convención de Derechos del Niño de Noviembre de 1989, ratificada por el Estado español, y la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, de enero de 1996, que indican que los niños son titulares plenos de sus derechos fundamentales, entre los que se encuentra la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Por todo ello la sentencia deja sin efecto el acuerdo del Consejo Escolar del Colegio Macías Picavea por el que se negaba a retirar los símbolos religiosos, obligándole a retirarlos.
Por ende, si en un Centro Público educativo se siguen manteniendo los crucifijos, se está privilegiando y haciendo concesiones a todos aquellos españoles que se consideran católicos, en detrimento de otros españoles que no lo son. Ya que, como dice el artículo 14 de la Constitución: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Todo lo anteriormente expuesto me parece más claro que el agua clara. Siendo así, parecen lamentables e injustificadas las quejas jeremíacas de los jerarcas de las instituciones católicas, a las que secundan otras instituciones políticas y educativas, porque en definitiva lo que hay tras ellas es la pretensión de seguir disfrutando de unos privilegios anteriores, que ya no tienen. Y no los tienen, porque así lo ha querido el pueblo español, ya que en el artículo 1º de nuestra Constitución se establece la soberanía del pueblo español. Por ello, el mantenimiento de los crucifijos en el colegio Macías Picavea es ilegal y, en consecuencia, los poderes públicos no deberían permitirlo. Y así lo ha establecido la sentencia del juez. Esperamos que nuestros purpurados vayan entrando en razón. Algo que dudo, si tenemos en cuenta su trayectoria. Quiero acabar con una clara pregunta: ¿Quién es más enfermo, aquel que se niega a aceptar la legalidad democrática y constitucional, amparado en privilegios caducos; o quién defiende la independencia del hombre y de la sociedad, y más particularmente del Estado, de toda influencia eclesiástica o religiosa, sin que ello suponga rechazo o simple hostilidad hacia las ideas o prácticas religiosas?
Cándido Marquesán Millán
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