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La Agencia Tributaria de Cataluña

 

 

            Vuelven a tronar las trompetas de la Apocalipsis por la aprobación de la Ley de la Agencia Tributaria catalana en el Parlament, desde el Partido Popular y en tres de los cuatro principales diarios de la capital del Estado. A esta campaña se han sumado, como no podía ser de otra manera, los diferentes gobiernos autonómicos del PP.  Creo que la mayor parte de los que protestan contra el Estatut no lo han leído y si lo hubieran leído tal vez no protestarían.

Esta ley, aprobada en el Parlament, con la restablecida unidad de los grupos del Tripartito y de CiU, la primera de las que contempla el Estatut, instituye un Consorcio que en el plazo de dos años podrá transformarse en la “administración tributaria única”, existente en Cataluña.

La Agencia Tributaria de Catalunya estaba prevista en el nuevo Estatut, en su artículo 204, que dice así: 

 

La gestión, recaudación, liquidación e inspección de todos los tributos propios de la Generalitat de Cataluña, así como, por delegación del Estado, de los tributos estatales cedidos totalmente a la Generalitat, corresponde a la Agencia Tributaria de Cataluña.

La gestión, recaudación, liquidación e inspección de los demás impuestos del Estado recaudados en Cataluña corresponderá a la Administración Tributaria del Estado, sin perjuicio de la delegación que la Generalitat pueda recibir de éste, y de la colaboración que pueda establecerse especialmente cuando así lo exija la naturaleza del tributo. Para desarrollar lo previsto en el párrafo anterior, se constituirá, en el plazo de dos años, un Consorcio o ente equivalente en el que participarán de forma paritaria la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Agencia Tributaria de Cataluña. El Consorcio podrá transformarse en la Administración Tributaria en Cataluña.

La Agencia Tributaria de Cataluña debe crearse por ley del Parlamento y dispone de plena capacidad y atribuciones para la organización y el ejercicio de las funciones a que se refiere el apartado 1.

 

Esta nueva A.T. , es importante en el desarrollo del Estatut, pero en un principio tendrá las mismas atribuciones que ya realizaba la Generalitat a través de la Dirección General de Tributos. Estas funciones son la gestión, liquidación, inspección y recaudación de impuestos propios. y de impuestos cedidos. Entre los primeros están el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales o el gravamen de protección civil. Y entre los segundos el de sucesiones y donaciones, el de patrimonio, el de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, tasas sobre el juego, sobre determinados medios de transporte, ventas minoristas de determinados hidrocarburos y el de tramo autonómico de hidrocarburos.

¿Qué ventajas aporta la Agencia? La primera es que será una entidad pública, pero con personalidad jurídica propia, lo que repercutirá previsiblemente en que su funcionamiento será más ágil, rápido y eficiente. Hasta estos momentos la Dirección General de Tributos-dependiente del Departamento de Economía- debía seguir un complicado proceso burocrático para comprar material o para contratar personal. En la Agencia las decisiones las tomará la propia entidad. La Agencia absorberá a la mayoría de los 400 empleados que hasta ahora están en la D.G.T. Además del personal, la Agencia se quedará con las más de 50 oficinas con que cuenta Tributs.

Tras la A.T. está previsto que antes de agosto de 2008 se cree el Consorci Tributari de Catalunya, en el que participarán de forma paritaria (50%) la Generalitat por medio de Agencia Tributaria y el Gobierno central a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Sus funciones se definirán en un proceso político, entre las dos partes. Como máximo, el Consorci podrá llegar a gestionar todos los impuestos compartidos e incluso el de sociedades. Aunque tampoco sería  descartable que no gestionara  nada más de lo que a partir de ahora se encargará la recién creada Agencia Tributaria.

Los ataques furibundos de los populares contra estas nuevas instituciones fiscales catalanas, resultan sorprendentes, si tenemos en cuenta que también están previstas en los Estatutos de Andalucía y Baleares. Véase el artículo 181.2,  del Estatuto de Andalucía.  Y también el artículo 133.1 y .4 del Estatuto de Baleares. Les recomiendo que los lean y podrán ver que son exactamente idénticos a los del Estatuto de Cataluña. De verdad, resulta difícil entender este doble rasero. Artículos recurridos en una Comunidad, en otra los aceptan sin problema alguno.

 Quiero acabar con una reflexión. En la Historia de España se han arrastrado y se arrastran una serie de problemas. Uno de ellos es el de la vertebración territorial. Y especialmente lo es  el incardinar Cataluña en el Estado español. Sin embargo, nunca la derecha española, ni la de la dictadura franquista ni la de democracia actual han hecho un esfuerzo serio y generoso para entender el problema de Cataluña, que está revoloteando, hace mucho tiempo ya y  de gran complejidad su resolución, por otra parte. No  ha caído a nosotros de una teja el 14-M. Para el Sr. Rajoy no existe tal problema. De verdad, la cuestión catalana es más compleja. Hay que negociar, pactar, y dialogar. Lo que debe hacerse es tender puentes entre Cataluña y España y no dinamitarlos a cañonazos verbales, como se está haciendo desde determinados medios de comunicación, impregnados de un nacionalismo español excluyente, sobre todo capitalinos, tanto hablados como escritos.

Parecen muy apropiadas para esta circunstancia las palabras pronunciadas por el más destacado orador en las Cortes españolas, un 27 de mayo de hace 65 años: Que votadas las autonomías, ésta y las de más allá, y creados éste y los de más allá gobiernos autónomos, el organismo de gobierno de la región-en el caso de Cataluña la Generalitat- es una parte del Estado español, no es un organismo rival, ni defensivo ni agresivo, sino una parte integrante de la organización del Estado de la República española, Y mientras esto no se comprenda así, señores diputados, no entenderá nadie lo que es la autonomía. El discurso del que forma parte esta pequeña cita, sería recomendable que lo leyeran y lo meditaran buena parte de los dirigentes del PP.

 

Cándido Marquesán Millán

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